{"id":1925,"date":"2023-03-06T16:43:59","date_gmt":"2023-03-06T15:43:59","guid":{"rendered":"https:\/\/ganerantz.com\/estatutos\/"},"modified":"2023-05-04T16:35:48","modified_gmt":"2023-05-04T14:35:48","slug":"estatutuak","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/ganerantz.com\/eu\/estatutuak\/","title":{"rendered":"Estatutuak"},"content":{"rendered":"<h2>CAPITULO I &#8211; NORMAS GENERALES<\/h2>\n<p><strong>Art\u00edculo 01:<\/strong> El Club Deportivo GRUPO DE MONTA\u00d1A GANERANTZ de Portugalete es una asociaci\u00f3n privada, sin \u00e1nimo de lucro, de duraci\u00f3n indefinida, con personalidad jur\u00eddica propia y capacidad de obrar, y cuyo objeto es el fomento y la pr\u00e1ctica de las siguientes modalidades deportivas:<\/p>\n<p>Modalidad principal: MONTA\u00d1ISMO<\/p>\n<p>El Club fomentar\u00e1, de acuerdo con la demanda existente y sus recursos humanos y materiales, el deporte para personas con discapacidad. Asimismo el Club promover\u00e1 el deporte femenino favoreciendo la apertura de las disciplinas deportivas a las mujeres.<\/p>\n<p>Tal objeto no impedir\u00e1 que el Club pueda realizar por si mismo, o a trav\u00e9s de entidades instrumentales, actividades econ\u00f3micas cuando \u00e9stas tengan relaci\u00f3n con los fines del Club o est\u00e9n al servicio de los mismos.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 02:<\/strong> El Club Deportivo GRUPO DE MONATA\u00d1A GANERANTZ de Portugalete, se regir\u00e1 en todas las cuestiones relativas a su constituci\u00f3n, inscripci\u00f3n, modificaci\u00f3n, extinci\u00f3n, organizaci\u00f3n y funcionamiento por la Ley 14\/1998, de 11 de Junio del Deporte del Pa\u00eds Vasco. Por el Decreto 163\/2010 de 22 de Junio, de Clubes Deportivos y Agrupaciones Deportivas, por estos Estatutos y dem\u00e1s reglamentos que sean de aplicaci\u00f3n y por los acuerdos v\u00e1lidamente adoptados por su Asamblea General, y dem\u00e1s \u00f3rganos de gobierno. El Club tambi\u00e9n se regir\u00e1, en lo no dispuesto por dichas disposiciones, por la normativa general en materia de asociaciones.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 03:<\/strong> El Club Deportivo GRUPO DE MONTA\u00d1A GANERANTZ de Portugalete, se afiliar\u00e1 a la Federaci\u00f3n Territorial de Bizkaia por cada una de las modalidades que practica. Ser\u00e1n aplicables al Club, los Estatutos, Reglamentos y disposiciones de dicha Federaci\u00f3n Territorial de Bizkaia<\/p>\n<p><strong>Articulo 04:<\/strong> El Club Deportivo GRUPO DE MONTA\u00d1A GANERANTZ de Portugalete, desarrollar\u00e1 su actividad en la Comunidad Aut\u00f3noma del Pa\u00eds Vasco. As\u00ed mismo fija su domicilio social en la localidad de PORTUGALETE, c\u00f3digo Postal 48920, calle Santiago, n\u00famero 2. El traslado de domicilio dentro del mismo municipio, podr\u00e1 ser acordado por el \u00f3rgano de administraci\u00f3n, que lo deber\u00e1 comunicar al Registro de Entidades Deportivas del Pa\u00eds Vasco.<\/p>\n<h2>CAPITULO II &#8211; PERSONAS SOCIAS<\/h2>\n<p><strong>Art\u00edculo 05:<\/strong> Todos los socios y socias del Club Deportivo son iguales en derechos y deberes, no pudiendo existir disposici\u00f3n alguna que implique o provoque discriminaci\u00f3n por raz\u00f3n de nacimiento, raza, sexo, religi\u00f3n, opini\u00f3n o cualquier otra condici\u00f3n o circunstancia personal o social. El n\u00famero de socios y socias ser\u00e1 ilimitado. La Junta Directiva podr\u00e1 suspender, sin embargo, la admisi\u00f3n de nuevos socios o socias cuando as\u00ed lo exijan razones de aforo o capacidad f\u00edsica o de las instalaciones deportivas.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 06:<\/strong> Podr\u00e1n ser miembros del Club Deportivo las personas que re\u00fanan las siguientes condiciones:<\/p>\n<ol>\n<li>Ser mayores de edad<\/li>\n<li>Satisfacer la cuota de ingreso correspondiente.<\/li>\n<li>Estar interesado en los fines del Club deportivo.<\/li>\n<li>Se dejar\u00e1 de ser Socio o Socia beneficiario\/a cuando se cumpla la edad de 25 a\u00f1os<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Articulo 07:<\/strong> El ingreso en el club ser\u00e1 solicitado mediante escrito dirigido a su Presidente o Presidenta, quien dar\u00e1 cuenta a la Junta Directiva, que acordar\u00e1 acerca de la concurrencia de las condiciones se\u00f1aladas en el art\u00edculo anterior, accediendo o denegando la admisi\u00f3n. Contra esta decisi\u00f3n no se admitir\u00e1 recurso alguno.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 08:<\/strong> Los socios y socias del Club Deportivo tendr\u00e1n reconocidos los siguientes derechos:<\/p>\n<ol>\n<li>A participar en la consecuci\u00f3n de los fines espec\u00edficos del Club Deportivo, seg\u00fan lo establecido en la legislaci\u00f3n vigente y en las disposiciones estatutarias, y exigir el cumplimiento de los mismos.<\/li>\n<li>Separarse libremente del Club Deportivo.<\/li>\n<li>Conocer las actividades del Club Deportivo y examinar su documentaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Expresar libremente sus opiniones en el seno del club Deportivo.<\/li>\n<li>Ser elector o electora y elegible para los \u00f3rganos de representaci\u00f3n y gobierno, siempre que sea mayor de edad y tenga plena capacidad de obrar. Las y los miembros del club menores de edad contar\u00e1n, en todo caso, con el derecho a que se les oiga en las sesiones que celebren los \u00f3rganos representativos.<\/li>\n<li>A que se les oiga con car\u00e1cter previo a la adopci\u00f3n de medidas disciplinarias en su contra y a que se les informe de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el acuerdo, que en su caso, imponga la sanci\u00f3n.<\/li>\n<li>A impugnar los acuerdos de los \u00f3rganos del Club Deportivo que estimen contrarios a la Ley o a los estatutos. A tal efecto deber\u00e1n plantear la impugnaci\u00f3n en el plazo de los quince d\u00edas naturales siguientes a la comunicaci\u00f3n del acuerdo ante la Asamblea General. Transcurrido el plazo de tres meses desde la presentaci\u00f3n del recurso sin resoluci\u00f3n expresa, la impugnaci\u00f3n se entender\u00e1 desestimada.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 09:<\/strong> Los socios y socias del Club Deportivo tendr\u00e1n los siguientes deberes:<\/p>\n<ol>\n<li>Compartir las finalidades del Club Deportivo y colaborar para la consecuci\u00f3n de las mismas.<\/li>\n<li>Pagar las cuotas, derramas y otras aportaciones que, con arreglo a los estatutos, puedan corresponder a cada socio o socia.<\/li>\n<li>Acatar y cumplir las prescripciones contenidas en estos Estatutos y los acuerdos v\u00e1lidamente adoptados por la Asamblea General y la Junta Directiva.<\/li>\n<li>Cumplir con el resto de las obligaciones que resulten de las disposiciones estatutarias y reglamentarias.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 10:<\/strong> La condici\u00f3n de socio o socia se perder\u00e1:<\/p>\n<ol>\n<li>Por voluntad propia.<\/li>\n<li>Por fallecimiento, o, disoluci\u00f3n de las personas jur\u00eddicas.<\/li>\n<li>Por falta de pago de UN A\u00d1O de las cuotas sociales, derramas y otras aportaciones, con arreglo a los Estatutos, siempre y cuando no se justifique el motivo de la demora a satisfacci\u00f3n de la Junta Directiva.<\/li>\n<li>Por sanci\u00f3n por incumplimiento grave de los deberes emanados de los Estatutos o Reglamentos o por incumplimiento grave de los acuerdos v\u00e1lidamente adoptados por la Asamblea General o Junta Directiva.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 11:<\/strong> Las y Los miembros del Club Deportivo podr\u00e1n ser objeto de sanci\u00f3n, previa instrucci\u00f3n de expediente y audiencia. Estas sanciones podr\u00e1n comprender desde la p\u00e9rdida de sus derechos de forma temporal, hasta la separaci\u00f3n definitiva del Club Deportivo.<\/p>\n<h2>CAPITULO III &#8211; REGIMEN DOCUMENTAL<\/h2>\n<p><strong>Art\u00edculo 12:<\/strong> El club deportivo GRUPO DE MONTA\u00d1A GANERANTZ de Portugalete llevar\u00e1 en orden y al d\u00eda como m\u00ednimo los libros siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li>Libro de Registro de Socios y Socias.<\/li>\n<li>Libro de Actas de sus \u00f3rganos colegiados.<\/li>\n<li>Libros de Contabilidad.<\/li>\n<li>En su caso, Libro Registro de t\u00edtulos de deuda o de parte al\u00edcuota patrimonial.<\/li>\n<\/ol>\n<p>La llevanza de los libros anteriores se entender\u00e1 sin perjuicio de las obligaciones documentales que se deriven de cualesquiera otras disposiciones generales.<\/p>\n<p>La legalizaci\u00f3n de tales libros se efectuar\u00e1 en el Registro de Entidades Deportivas del Pa\u00eds Vasco de conformidad con su normativa reguladora<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 13:<\/strong> En el Libro Registro de Socios y socias deber\u00e1 constar el nombre, apellidos y domicilio de los asociados y asociadas. Tambi\u00e9n se especificar\u00e1n las fechas de alta y baja.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 14:<\/strong> En los Libros de Actas se consignar\u00e1n las reuniones que celebren tanto la Asamblea General como la Junta Directiva con expresi\u00f3n de la fecha, asistentes a las mismas, asuntos tratados y acuerdos adoptados, debiendo ser suscritas por el Presidente o Presidenta y Secretario o Secretaria del Club Deportivo.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 15:<\/strong> En los Libros de Contabilidad figurar\u00e1n aquellos datos y movimientos exigidos por las disposiciones contables vigentes que permitan obtener la imagen fiel de patrimonio, del resultado y de la situaci\u00f3n financiera del Club Deportivo GRUPO DE MONTA\u00d1A GANERANTZ de Portugalete, as\u00ed como el inventario de los bienes.<\/p>\n<h2>CAPITULO IV &#8211; DE LOS ORGANOS DE REPRESENTACI\u00d3N, GOBIERNO Y ADMINISTRACI\u00d3N<\/h2>\n<p><strong>Art\u00edculo 16:<\/strong> Son \u00f3rganos del Club Deportivo GRUPO DE MONTA\u00d1A GANERANTZ de Portugalete los siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li>Asamblea General<\/li>\n<li>Junta Directiva<\/li>\n<li>Presidencia<\/li>\n<\/ol>\n<h3>SECCION 1 &#8211; ASAMBLEA GENERAL<\/h3>\n<p><strong>Art\u00edculo 17:<\/strong> La Asamblea General del Club Deportivo GRUPO DE MONTA\u00d1A GANERANTZ de Portugalete, es el \u00f3rgano supremo de gobierno y est\u00e1 integrado por todos los socios y socias con derecho a voto.<\/p>\n<p><strong>Articulo 18:<\/strong> La Asamblea General tendr\u00e1 encomendadas, como m\u00ednimo, las siguientes funciones:<\/p>\n<ol>\n<li>Elegir Presidente o Presidenta y, en su caso, Junta Directiva por sufragio personal, libre, directo y secreto.<\/li>\n<li>Aprobar las cuentas y presupuesto del Club.<\/li>\n<li>Aprobar los Reglamentos.<\/li>\n<li>Modificar los Estatutos,<\/li>\n<li>Aprobar la fusi\u00f3n, escisi\u00f3n, transformaci\u00f3n o disoluci\u00f3n del Club Deportivo.<\/li>\n<li>Tomar dinero a pr\u00e9stamo.<\/li>\n<li>Enajenar y gravar inmuebles.<\/li>\n<li>Emitir t\u00edtulos transmisibles representativos de deuda o de parte al\u00edcuota patrimonial.<\/li>\n<li>Aprobar la moci\u00f3n de censura al Presidente o Presidenta y, en su caso, a la Junta Directiva.<\/li>\n<li>Aprobar las condiciones y t\u00e9rminos de la remuneraci\u00f3n del \u00f3rgano de Administraci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 19:<\/strong> La Asamblea General se reunir\u00e1 en sesi\u00f3n ordinaria al menos una vez al a\u00f1o para la aprobaci\u00f3n de la memoria y el balance del ejercicio siguiente y con car\u00e1cter extraordinario para tratar sobre los puntos c), d), e), f), g), h), i), j) del art\u00edculo precedente.<\/p>\n<p><strong>Articulo 20:<\/strong> Corresponder\u00e1 a la Presidencia del Club Deportivo, la convocatoria de la Asamblea General ordinaria En caso de que ello no fuera posible o de que la Presidencia no cumpla con su obligaci\u00f3n de convocarla en plazo, un 1\/3 de la Junta Directiva o cualquier colectivo de socios y socias que represente al menos un 10% del total con derecho a voto podr\u00e1n realizar la convocatoria.<\/p>\n<p>Corresponder\u00e1 a la Presidencia del Club Deportivo o a cualquier colectivo de socios y socias que represente al menos el 10% del total con derecho a voto, la convocatoria de la Asamblea General extraordinaria.<\/p>\n<p><strong>Articulo 21:<\/strong> La convocatoria de la Asamblea General, tanto ordinaria como extraordinaria junto con el orden del d\u00eda de los asuntos a tratar y la documentaci\u00f3n relativa a los mismos, ser\u00e1 comunicada a los socios y socias mediante anuncio colocado, en su caso, en la p\u00e1gina web oficial del Club Deportivo con una antelaci\u00f3n m\u00ednima de 15 d\u00edas, salvo supuestos de urgencia motivados por plazos perentorios o graves circunstancias extraordinarias sobrevenidas. En el supuesto de no existir p\u00e1gina web deber\u00e1 realizarse por comunicaci\u00f3n postal o electr\u00f3nica. Adem\u00e1s tambi\u00e9n se comunicar\u00e1 en el tabl\u00f3n de anuncios del Club Deportivo con la misma antelaci\u00f3n m\u00ednima de 15 d\u00edas.<\/p>\n<p><strong>Articulo 22:<\/strong> La Asamblea General, sea ordinaria o extraordinaria, quedar\u00e1 v\u00e1lidamente constituida cuando concurran en primera convocatoria al menos el 50% de sus miembros. En segunda convocatoria, ser\u00e1 v\u00e1lida cualquiera que sea el n\u00famero de miembros asistentes a la misma. En segunda convocatoria, la reuni\u00f3n no podr\u00e1 celebrarse antes de transcurridos treinta minutos desde la anterior. Queda prohibida la delegaci\u00f3n del voto en el seno de la Asamblea General.<\/p>\n<h3>SECCION II &#8211; JUNTA DIRECTIVA<\/h3>\n<p><strong>Art\u00edculo 23:<\/strong> La Junta Directiva es el \u00f3rgano de administraci\u00f3n del Club Deportivo. Estar\u00e1 formada por un n\u00famero impar de miembros que ser\u00e1 como m\u00ednimo de SIETE componentes. Formar\u00e1n parte de la Junta Directiva, al menos, los siguientes cargos: Presidencia, que lo ser\u00e1 asimismo del Club Deportivo, Vicepresidencia y Secretar\u00eda.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 24:<\/strong> La Junta Directiva tendr\u00e1 encomendadas las funciones relativas a la gesti\u00f3n administrativa y econ\u00f3mica, que deber\u00e1 desarrollar conforme a las directrices emanadas de la Asamblea General. Podr\u00e1 delegar todas o algunas de sus funciones en una comisi\u00f3n ejecutiva designada en su seno o en alguno o alguna de sus miembros.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 25:<\/strong> Corresponder\u00e1 a la Presidenta o Presidente del Club Deportivo o, en su defecto, a la Vicepresidenta o Vicepresidente, la convocatoria de las sesiones de la Junta Directiva. La convocatoria, junto con el Orden del D\u00eda de los asuntos a tratar y la documentaci\u00f3n relativa a los mismos ser\u00e1 notificar\u00e1 a las y los miembros de la Junta Directiva a trav\u00e9s de la p\u00e1gina web del Club Deportivo o por otros medios fehacientemente constatables, con al menos dos d\u00edas de antelaci\u00f3n, salvo supuestos de urgencia motivados por plazos perentorios o graves circunstancias extraordinarias sobrevenidas. En el supuesto de no existir p\u00e1gina web deber\u00e1 realizarse por comunicaci\u00f3n postal o electr\u00f3nica.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 26:<\/strong> La Junta Directiva quedar\u00e1 v\u00e1lidamente constituida cuando concurran en primera convocatoria la mitad m\u00e1s uno de sus miembros y en segunda convocatoria cuando concurran al menos, dos de sus miembros y, en todo caso, el Presidente o Presidenta o el Vicepresidente o Vicepresidenta.<\/p>\n<p>Asimismo se entender\u00e1 validamente constituida la Junta Directiva, aunque no existiese convocatoria previa, si concurre la totalidad de sus miembros y as\u00ed lo acuerdan por unanimidad.<\/p>\n<p><strong>Articulo 27:<\/strong> El Presidente o Presidenta del club o, en su defecto el Vicepresidente o Vicepresidenta, presidir\u00e1 las sesiones de la Junta Directiva y coordinar\u00e1 su actuaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 28:<\/strong> El Secretario o Secretaria recibir\u00e1 y tramitar\u00e1 las solicitudes de ingreso, levantar\u00e1 acta de las reuniones que celebren los \u00f3rganos del Club Deportivo, llevar\u00e1 el fichero y el libro registro de socios y socias, y tendr\u00e1 a su cargo la p\u00e1gina web de la entidad y la direcci\u00f3n de los trabajos administrativos de la entidad, Para la realizaci\u00f3n de tales funciones se podr\u00e1 auxiliar con empleados o colaboradores<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 29:<\/strong> La Junta Directiva, as\u00ed como sus miembros individualmente, cesar\u00e1n por alguno de los motivos:<\/p>\n<ol>\n<li>Por dimisi\u00f3n.<\/li>\n<li>Por fallecimiento o, en su caso, disoluci\u00f3n de la persona jur\u00eddica.<\/li>\n<li>Por aprobaci\u00f3n de moci\u00f3n de censura.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Para que los ceses individuales conlleven el cese de la Junta Directiva deber\u00e1 afectar, como m\u00ednimo, a la mitad de sus miembros.<\/p>\n<p>Cuando la Junta Directiva cese, se constituir\u00e1 en Comisi\u00f3n Gestora y proceder\u00e1 a convocar en el plazo m\u00e1ximo de un mes una Asamblea General Extraordinaria para la elecci\u00f3n de la Junta Directiva. No siendo ello posible, cualquier colectivo de asociados y asociadas que representen al menos a un 5% del total de socios y socias con derecho a voto, podr\u00e1 realizar la convocatoria de dicha Asamblea General.<\/p>\n<p>En caso de cese individual de uno o m\u00e1s miembros de la Junta Directiva, pero permanezcan m\u00e1s del 50% de sus componentes, las vacantes ser\u00e1n cubiertas por el sistema de cooptaci\u00f3n de modo que las y los miembros de la Junta Directiva designar\u00e1n libremente a las correspondientes personas para cubrir sus vacantes. Las y Los miembros que se designen por cooptaci\u00f3n deber\u00e1n ser ratificados en la primera Asamblea General que se celebre.<\/p>\n<h3>SECCION III &#8211; PRESIDENCIA<\/h3>\n<p><strong>Articulo 30:<\/strong> La Presidenta o Presidente es el \u00f3rgano ejecutivo del Club Deportivo, ostenta su representaci\u00f3n legal y preside los \u00f3rganos de gobierno y administraci\u00f3n, y tiene la obligaci\u00f3n de ejecutar los acuerdos v\u00e1lidamente adoptados por los mismos.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 31:<\/strong> La Presidencia ser\u00e1 designada junto con el resto de los miembros de la Junta directiva mediante el sistema de candidaturas formadas por listas cerradas, ostentando la presidencia aquel de los componentes de la candidatura que figurase en primer lugar.<\/p>\n<p><strong>Articulo 32:<\/strong> Quien ostente la Presidencia cesar\u00e1 por alguna de las causas previstas en el art\u00edculo 29 de los presentes Estatutos. Si quedase vacante la Presidencia del Club Deportivo, se proceder\u00e1 de la forma prevista en la norma citada.<\/p>\n<h3>SECCION IV &#8211; DISPOSICIONES COMUNES<\/h3>\n<p><strong>Articulo 33:<\/strong> La Junta directiva y el Presidente o Presidenta del Club ser\u00e1n elegidos cada cuatro a\u00f1os mediante sufragio libre, personal, directo y secreto, pudiendo participar todos los socios y socias. No podr\u00e1 realizarse la elecci\u00f3n mediante delegaci\u00f3n de voto.<\/p>\n<p>Si no se presentasen candidaturas la Junta Directiva y su Presidente o Presidenta, se entender\u00e1 autom\u00e1ticamente prorrogada por per\u00edodos anuales, hasta que se presente una nueva candidatura. En cualquier caso, los cargos directivos continuar\u00e1n en sus funciones hasta la toma de posesi\u00f3n de sus sucesores.<\/p>\n<p>Los miembros de la Junta Directiva pueden percibir retribuciones en funci\u00f3n de su cargo siempre que lo compruebe expresamente la Asamblea General de forma separada respecto a otros puntos del orden del d\u00eda y por mayor\u00eda de dos tercios de los miembros asistentes.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 34:<\/strong> La Asamblea General podr\u00e1 exigir la responsabilidad de la totalidad de la Junta directiva o de uno o varios de sus miembros mediante la adopci\u00f3n de una moci\u00f3n de censura que deber\u00e1 ser respaldada por dos tercios de los asociados y asociadas presentes en la sesi\u00f3n convocada al efecto.<\/p>\n<p>La moci\u00f3n de censura ser\u00e1 presentada por escrito a la Junta directiva avaladas por un 10% del total de socios y socias. La convocatoria de la Asamblea General extraordinaria tendr\u00e1 como \u00fanico punto del orden del d\u00eda la resoluci\u00f3n y debate sobre la moci\u00f3n de censura.<\/p>\n<p>La aprobaci\u00f3n de la moci\u00f3n de censura a la totalidad de la Junta Directiva causar\u00e1 el cese de las y los miembros de la Junta directiva, incluido el Presidente o Presidenta del Club Deportivo. En el supuesto de que la moci\u00f3n de censura vaya a uno\/a o varios de sus miembros, su aprobaci\u00f3n \u00fanicamente conllevar\u00e1 el cese de dichas o dichos miembros de la Junta Directiva.<\/p>\n<p>La moci\u00f3n de censura podr\u00e1 incluir la propuesta de elecci\u00f3n de nuevo Presidenta o Presidente, en su caso, Junta Directiva de uno o una o varios de sus miembros. El mandato de los nuevos cargos electos ser\u00e1 hasta completar el mandato anterior.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 35:<\/strong> En ning\u00fan caso se podr\u00e1 ser, simult\u00e1neamente, Presidenta o Presidente de un Club Deportivo y de una Federaci\u00f3n Deportiva a la que est\u00e1 adscrito dicho Club.<\/p>\n<p>Una misma persona no podr\u00e1 en ning\u00fan caso ostentar la presidencia de varios clubes deportivos de la misma modalidad deportiva e igual categor\u00eda.<\/p>\n<h2>CAPITULO V &#8211; PROCESO ELECTORAL<\/h2>\n<p><strong>Art\u00edculo 36:<\/strong> El proceso electoral del club deportivo GRUPO DE MONTA\u00d1A GANERANTZ se ajustar\u00e1 a lo dispuesto en el Decreto 163\/2010 de 22 de Junio, en los presentes estatutos y en las normas electorales que, en su caso, apruebe la Asamblea General.<\/p>\n<p>Al Club no le resultar\u00e1 de aplicaci\u00f3n el R\u00e9gimen previsto en el art\u00edculo 47 del Decreto 163\/2010 de 22 de Junio, sobre la existencia de Junta Electoral. La presentaci\u00f3n de candidaturas y votaci\u00f3n se realizar\u00e1 en el seno de la propia Asamblea General convocada para la elecci\u00f3n correspondiente.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 37:<\/strong> Las candidaturas que se presenten a los \u00f3rganos de administraci\u00f3n deber\u00e1n reflejar una presencia equilibrada de mujeres y hombres salvo que, por razones objetivas, no resulte posible.<\/p>\n<p>Ser\u00e1n proclamados electos por la Junta Electoral todos los integrantes de la lista m\u00e1s votada y se nombrar\u00e1 Presidente o Presidenta al que encabece la misma.<\/p>\n<p>En el supuesto de que exista una sola candidatura, \u00e9sta ser\u00e1 proclamada sin necesidad de votaci\u00f3n alguna.<\/p>\n<h2>CAPITULO VI &#8211; R\u00c9GIMEN ECON\u00d3MICO<\/h2>\n<p><strong>Articulo 38:<\/strong> El Club Deportivo GRUPO DE MONTA\u00d1A GANERANTZ de Portugalete, se somete al r\u00e9gimen de presupuesto y patrimonio propio. El ejercicio econ\u00f3mico ser\u00e1 anual y su cierre tendr\u00e1 lugar el 31 de Diciembre de cada a\u00f1o.<\/p>\n<p>El Club de Monta\u00f1a Ganerantz, carece de patrimonio fundacional y los recursos para el desarrollo de sus actividades ser\u00e1n los siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li>Cuotas de entrada y\/o peri\u00f3dicas que, en su caso, se acuerden por la Asamblea General<\/li>\n<li>Los productos de los bienes y derechos que le correspondan, as\u00ed como subvenciones legadas, donaciones y patrocinios que puedan recibir<\/li>\n<li>Cualesquiera otros ingresos que el Club pueda generar mediante actividades l\u00edcitas que acuerde realizar, siempre dentro de los Estatutos del Club.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Todos sus ingresos, incluidos los beneficios obtenidos en manifestaciones deportivas, se aplicar\u00e1n \u00edntegramente al desarrollo de su objeto social. Bajo ning\u00fan concepto podr\u00e1n efectuar reparto de beneficios entre socios y socias, ni entre sus c\u00f3nyuges o personas que convivan con ellos con an\u00e1loga relaci\u00f3n de afectividad ni entre sus parientes, ni su cesi\u00f3n gratuita podr\u00e1 realizarse a favor de personas f\u00edsicas con inter\u00e9s lucrativo.<\/p>\n<p>La disposici\u00f3n, enajenaci\u00f3n o gravamen de bienes inmuebles requerir\u00e1 acuerdo de la Asamblea General adoptada por mayor\u00eda de dos tercios de los socios y socias asistentes.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 39:<\/strong> En caso de disoluci\u00f3n del Club Deportivo, o de separaci\u00f3n de una persona asociada, \u00e9sta podr\u00e1 percibir la participaci\u00f3n patrimonial inicial u otras aportaciones econ\u00f3micas realizadas, sin incluir las cuotas de pertenencia a la asociaci\u00f3n que hubiese abonado. Ello se entiende posible siempre que la reducci\u00f3n patrimonial no implique perjuicios a terceras personas o entidades. Las caracter\u00edsticas de la percepci\u00f3n de la participaci\u00f3n patrimonial en los supuestos de separaci\u00f3n no deber\u00e1n desvirtuar el car\u00e1cter no lucrativo del Club. Corresponder\u00e1 adoptar los acuerdos previstos en este art\u00edculo a la Asamblea General.<\/p>\n<h2>CAPITULO VII &#8211; REFORMA DE LOS ESTATUTOS<\/h2>\n<p><strong>Art\u00edculo 40:<\/strong> Los presentes Estatutos solo podr\u00e1n ser modificados o derogados en Asamblea General Extraordinaria convocada al efecto, mediante acuerdo adoptado por mayor\u00eda cualificada de dos tercios de las personas socias asistentes.<\/p>\n<h2>CAPITULO VIII &#8211; DISOLUCI\u00d3N Y LIQUIDACI\u00d3N<\/h2>\n<p><strong>Art\u00edculo 41:<\/strong> El Club Deportivo GRUPO DE MONTA\u00d1A GANERANTZ de Portugalete, se disolver\u00e1 por decisi\u00f3n de la Asamblea General, adoptada con los requisitos y la mayor\u00eda establecidos para la modificaci\u00f3n de los presentes estatutos, o por decisi\u00f3n Judicial.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 42:<\/strong> La disoluci\u00f3n del Club Deportivo abre el per\u00edodo de liquidaci\u00f3n hasta el fin del cual la entidad conservar\u00e1 su personalidad Jur\u00eddica.<\/p>\n<p>Las y los miembros del \u00f3rgano de administraci\u00f3n se convierten en liquidadores y liquidadoras salvo los que designe Asamblea General o el Juez que, en su caso, acuerde la disoluci\u00f3n, ejerciendo las funciones establecidas en el art\u00edculo 69.3 del Decreto 163\/2010.<\/p>\n<p>Durante la fase de liquidaci\u00f3n el Club Deportivo deber\u00e1 a\u00f1adir a su denominaci\u00f3n la frase \u201cen liquidaci\u00f3n\u201d<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 43:<\/strong> En caso de disoluci\u00f3n y liquidaci\u00f3n del Club Deportivo, el patrimonio neto resultante de la liquidaci\u00f3n revertir\u00e1 para el fomento y la pr\u00e1ctica del deporte a trav\u00e9s de una entidad deportiva del mismo municipio o, en su caso, del mismo Territorio Hist\u00f3rico.<\/p>\n<h2>CAPITULO IX &#8211; R\u00c9GIMEN DISCIPLINARIO<\/h2>\n<p><strong>Art\u00edculo 44:<\/strong> La potestad disciplinaria del Club deportivo GRUPO DE MONTA\u00d1A GANERANTZ de Portugalete, se regir\u00e1 sobre sus miembros, por sus propias normas y no ser\u00e1 susceptible de posterior recurso ante las federaciones deportivas y ante el comit\u00e9 Vasco de Justicia Deportiva. Las decisiones del Club Deportivo en materia disciplinaria podr\u00e1n ser impugnadas ante la jurisdicci\u00f3n ordinaria<\/p>\n<p><strong>PORTUGALETE a 18 de FEBRERO de 2011<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>CAPITULO I &#8211; NORMAS GENERALES Art\u00edculo 01: El Club Deportivo GRUPO DE MONTA\u00d1A GANERANTZ de Portugalete es una asociaci\u00f3n privada, sin \u00e1nimo de lucro, de duraci\u00f3n indefinida, con personalidad jur\u00eddica propia y capacidad de obrar, y cuyo objeto es el fomento y la pr\u00e1ctica de las siguientes modalidades deportivas: Modalidad principal: MONTA\u00d1ISMO El Club fomentar\u00e1,&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"footnotes":""},"class_list":["post-1925","page","type-page","status-publish","hentry","description-off"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/ganerantz.com\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/1925","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/ganerantz.com\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/ganerantz.com\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ganerantz.com\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ganerantz.com\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1925"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/ganerantz.com\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/1925\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1926,"href":"https:\/\/ganerantz.com\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/1925\/revisions\/1926"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/ganerantz.com\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1925"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}